Roberto O. Cacheiro Frías - Abogado          
 Director de la Diplomatura en Relaciones Internacionales
 Universidad Abierta Interamericana
 

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Conforme al régimen del Código Electoral Nacional
(ley 19.945, t.o. según decr. 2135/83, y ley 24.444),
Se aplica para las elecciones  de diputados nacionales.

El votante sufraga solamente por una lista de candidatos oficializada. No se consideran tachas o sustituciones. Tampoco se tienen en cuenta, para asignar cargos, las listas que no lograron un mínimo del 3% del padrón electoral del distrito (art. 160).

Para distribuir los cargos, se procede así: el total de votos alcanzado por cada lista se divide por 1, 2, 3, y así sucesivamente. Los resultados o cocientes obtenidos, con independencia de la lista de donde provenga, son ordenados en una nómina final, de mayor a menor en número igual al de los cargos a cubrir. De haber cocientes iguales, se coloca primero el obtenido por la lista que obtuvo mayor cantidad de sufragios, y de haber igualdad también en éstos, se realiza un sorteo. Finalmente, a cada lista le corresponderán tan- tos cargos corno veces sus cocientes figuren en la nómina final, ya indicada.

Para distribuir los cargos, se procede así:

1.      El total de votos alcanzado por cada lista se divide por 1, 2, 3, y así sucesivamente.

2.      Los resultados o cocientes obtenidos, con independencia de la lista de donde provenga, son ordenados en una nómina final, de mayor a menor en número igual al de los cargos a cubrir.

3.      De haber cocientes iguales, se coloca primero el obtenido por la lista que obtuvo mayor cantidad de sufragios, y de haber igualdad también en éstos, se realiza un sorteo.

4.      Finalmente, a cada lista le corresponderán tantos cargos como veces sus cocientes figuren en la nómina final, ya indicada.

 

Un ejemplo: supóngase que se celebra una elección para cubrir cuatro cargos:

Cargos:                                                      4.-

Padrón electoral:                         19.200.-

Concurren cuatro partidos:     A,B,C y D.-

Resultado de la elección:

A:                                               8.000 votos.-

B:                                               6.400 votos.-

C:                                               3.200 votos.-

D:                                                  400 votos.-

Votos en Blanco:                          1.200 votos.-

Atención: No se computan, para asignar las bancas, ni los votos en blanco ni los votos de los partidos que no llegan al 3% del padrón electoral, los cuales nada pueden obtener.

Los restantes sufragios obtenidos se dividen de uno a cuatro, generando los siguientes cocientes.

Partido A

Partido B

Partido C

Partido D

÷1

÷1

÷1

÷1

÷2

÷2

÷2

÷2

÷3

÷3

÷3

÷3

÷4

÷4

÷4

÷4

Las cuatro bancas quedan asignadas de este modo (nómina final conforme al orden decreciente de cocientes)      

1)      ..................votos del Partido......   

2)      ..................votos del Partido......    

3)      ..................votos del Partido......    

4)      ..................votos del Partido......    

 

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Roberto O. Cacheiro Frías. Abogado UBA - Director de la Diplomatura en Relaciones Internacionales y de Administración de Consorcios - Presidente del Centro Ibero-Americano de Estudios Internacionales e Interdisciplinarios - Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Internacional - Miembro del Tribunal de Disciplina del Partido Demócrata Cristiano.