Transcripción de la decisión comunicada por el canciller Jorge
Taiana el 27 de marzo de dar por terminada la “DECLARACIÓN CONJUNTA
ARGENTINO-BRITÁNICA DEL 27 DE SEPTIEMBRE DE 1995 REFERIDA A LA COOPERACIÓN SOBRE
ACTIVIDADES COSTA AFUERA EN EL ATLÁNTICO SUDOCCIDENTAL”
El 27 de marzo de 2007, el Gobierno
argentino comunicó al del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a
través de una nota del Sr. Canciller dirigida a la señora Secretario de Asuntos
Exteriores británica que fuera entregada al Embajador de ese país en Buenos
Aires, su decisión de dar por terminada la Declaración Conjunta
argentino-británica del 27 de septiembre de 1995, bajo fórmula de salvaguardia
de soberanía, sobre "Cooperación sobre Actividades Costa Afuera en el Atlántico
Sudoccidental" referida a exploración y explotación de hidrocarburos en el área
sujeta a la disputa de soberanía y jurisdicción.
La decisión argentina de poner fin a esta
Declaración Conjunta se basó en las graves divergencias de interpretación sobre
la aplicación de este instrumento, que enfrentaron a las Partes desde el momento
mismo de su celebración. Ese desacuerdo quedó reflejado en sendas declaraciones
unilaterales y contradictorias emitidas inmediatamente después de la firma de la
Declaración, el 27 de septiembre de 1995.
La divergencia substancial entre las
partes se refirió al ámbito espacial de cooperación para la exploración y
explotación de hidrocarburos que la Declaración Conjunta establecía que debía
realizarse en las "áreas marítimas del Atlántico Sudoccidental sujetas a una
disputa de soberanía y jurisdicción" (el área de las Islas Malvinas de 430.000
km2). El Reino Unido por el contrario, pretendía limitar la cooperación con
nuestro país a un "área de cooperación especial" creada por el acuerdo de sólo
21.000 km2 y reservarse para su accionar unilateral todo el resto del área
disputada.
Como consecuencia de esta
interpretación abusiva de la Declaración el Reino Unido lanzó unilateralmente
una licitación pública en el área disputada a pocos días de haberse adoptado el
instrumento a principios de octubre de 1995, a lo que la Argentina protestó de
inmediato.
Este accionar unilateral británico, que
continuó ininterrumpidamente desde entonces a pesar de las también reiteradas
protestas argentinas, es contrario no sólo a la cooperación bilateral convenida,
sino a la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que
insta a ambas partes en la disputa a no introducir modificaciones mientras las
Islas atraviesan el proceso de solución de la controversia de soberanía
recomendado por las Naciones Unidas. Tampoco ha contribuido a generar el clima
propicio a la reanudación de las negociaciones para resolver la disputa.
Según las autoridades argentinas que
celebraron el acuerdo, éste iba a permitir a la Argentina participar en la
exploración y explotación de hidrocarburos en la zona. En la práctica, ello
nunca sucedió. Más aún, el Reino Unido pretendió utilizar el acuerdo para
señalar, incorrectamente, que las empresas petroleras que operaran
ilegítimamente en la zona disputada, estarían protegidas contra un accionar
legal de la Argentina.
En la Comisión de Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental creada por la
Declaración Conjunta, en su octava y última reunión celebrada en julio del año
2000, ambas partes dejaron reflejada por escrito en un comunicado, la
subsistencia de sus interpretaciones divergentes sobre esa Declaración y
acordaron abrir una pausa de reflexión para intentar solucionarlas.
Siete años después, las divergencias
subsisten, la Comisión Bilateral no ha vuelto a reunirse y el Reino Unido ha
continuado con su ilegitimo accionar unilateral.
Desde hace más de un año, la
Argentina ha invitado reiteradamente al Reino Unido a mantener un diálogo
abierto sobre el estado de situación de todos los entendimientos provisorios y
en particular el contexto político en el cual se inscriben: la disputa de
soberanía y la obligación de ambas partes de resolverla mediante la reanudación
de negociaciones bilaterales tal como lo imponen las Naciones Unidas en sus
numerosas resoluciones sobre la Cuestión Malvinas. Lamentablemente, la
intransigencia del Reino Unido no ha permitido ese diálogo abierto y franco. En
este marco, el Gobierno argentino consideró agotado el ejercicio de reflexión
abierto en 2000 sobre la marcha de la Declaración Conjunta y decidió dar la
misma por terminada.
La Argentina no es contraria a
cooperar con el Reino Unido, bajo el debido resguardo jurídico, sobre aspectos
prácticos referidos al Atlántico Sur, pero siempre que dicha cooperación
contribuya a crear las condiciones propicias para reanudar el diálogo para
solucionar la controversia de soberanía y así poner fin a esta anacrónica
disputa colonial, de manera pacífica y duradera.
Fuente: Prensa de Cancillería
argentina
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